Entrevista: Ana Cristina Bracho Vallarino

Ana Cristina Bracho Vallarino es abogada egresada de la Universidad del Zulia, Magister en Derecho, Economía y Gestión a finalidad de investigación en Derecho Público y Derechos Fundamentales por la Universidad de Caen, Baja Normandía. Profesora de Derecho Constitucional e Introducción al Derecho en la Universidad Rafael Urdaneta (2011), Jefa de Derecho Parlamentario Comparado y Jurisprudencia en la Asamblea Nacional (2011-2014). Columnista en diversos medios impresos y digitales.

En vista de las complejas coyunturas surgidas en el país en relación a decisiones emanadas por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), los hechos violentos suscitados en nuestro país y las últimas reuniones en la OEA, el equipo de Síntesis conversó con Ana Cristina Bracho Vallarino, joven abogada y luchadora por los Derechos Humanos.

Síntesis: Democráticamente hablando, qué signifi ca que haya existido un impasse entre el Tribunal Supremo de Justicia (Poder Judicial) y Ministerio Público (Poder Ciudadano).

Ana Cristina Bracho Vallarino: En primer lugar, no podemos considerar que existiera como tal un impasse. Existe en Venezuela un confl icto derivado de la decisión manifestada en julio 2016 de la Asamblea Nacional, de no acatar las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, saliendo de la lógica constitucional venezolana. Ese rechazo, se llama desacato y generó que el TSJ asumiera accidentalmente y mientras el legislativo no corrija su omisión y éste asuma funciones para que el Estado no se detenga, pues la AN autoriza y aprueba funciones vitales del país. Luego lo que ocurrió fue que la Fiscal General expresó en una rueda de prensa que no consideraba el actuar del Poder Judicial. Lo que ocurre a diario en tanto las decisiones de justicia, incluso, las de la constitucional pueden ser objeto de opiniones pese a que son las únicas que tienen autoridad constitucional. Por ende, deben ser cumplidas. En todo caso dado el manifiesto de la fiscal que evidenciaba un conflicto de Estado, el Presidente llamó al Consejo de Defensa de la Nación, logrando que discutieran los distintos poderes como alcanzar la mejor solución.

S. En la Constitución y Leyes venezolanas, ¿existe la posibilidad de despojar a un diputado de la AN de su inmunidad parlamentaria? De ser posible, ¿cuáles serían las causas para aplicarse esta sentencia?

ACBV. Evidentemente, en la Constitución venezolana y en las extranjeras, los privilegios parlamentarios son tan sólo una protección de la función de control del diputado, no una autorización para delinquir. Hay que recordar que todas las personas son responsables ante la ley y las prerrogativas sólo nacen de la función. Para levantarla, hay que realizar un antejuicio de mérito ante el Tribunal Supremo de Justicia.

S. Si la Asamblea Nacional está en desacato, como lo dictaminó el TSJ, ¿tiene coherencia que siga legislando?

ACBV. La acción de seguir legislando no obedece a la lógica sino al deseo de demostrar que las decisiones del TSJ para la AN no son válidas. Sin embargo sus proyectos no llegan a leyes porque para que así sean deben ser promulgadas por el Ejecutivo que si no reconoce su capacidad de actuación en abstracción de las decisiones judiciales.

S. ¿Hasta qué punto el derecho a manifestar “permite” actos violentos en una concentración o protestas? ¿Hasta qué punto las leyes condenas estos actos?

ACBV. El derecho a la protesta está protegido y reglamentado en el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien, esta norma describe cómo se protesta constitucionalmente y aquello expresamente prohibido, como la violencia. La organización de actos violentos está prevista como terrorismo en la Ley especial y organizarse para delinquir se castiga según el Código Penal. Hay que recordar que la gente tiene derechos bajo los establecimientos del derecho y la paz es un valor fundamental en la constitución.

S. ¿Cuál considera debe ser no sólo el rol sino la acción de las mujeres venezolanas para generar una cultura de paz que se mantenga y se convierta en un hecho cotidiano?

ACBV. La mujer es el sujeto político más importante de la Revolución Bolivariana, cuyo tratamiento ha sido distinto desde la Constitución como primer texto normativo que la nombra y por eso todo el proceso de golpe de Estado ha tendido a difi cultar su permanencia en el espacio público. Por ello, defender la revolución es la única garantía de existir jurídica y políticamente en el país, y sobre todo cuando los odios que andan sueltos olvidan que este país es una gran familia, así como que todos los manifestantes y todos los cuerpos de orden público son ante todo hijos de alguna madre venezolana.

S. ¿Cree usted en el diálogo sincero y transparente? ¿Considera que debería haber más participación de la mujer en las mesas de diálogo, impulsadas por el Gobierno Nacional dada la naturaleza discerniente y analítica que tenemos las mujeres?

ACBV. El diálogo no sólo es posible sino que es la única manera que un país enfrente sus problemas, en ningún momento histórico los pueblos tienen composiciones homogéneas ni se libran de visiones contrapuestas. En esta diversidad es que es posible y rica la democracia. De igual manera es necesario ver que ésta ha sido una revolución dialogante y como el empeño del Gobierno ha sido sincero en esto, tanto como la disposición a esta opción que demuestran los sondeos nacionales. Es la única garantía de seguir siendo un país libre.

S. ¿Llegará la concordia a nuestro país?

ACBV. Cuando conocemos la historia de este país sabemos que la idea de un pasado donde todos fueron hermanos y no existieron diferencias nunca fue. Henos pasado épocas terribles y nos henos repuesto, desde la Independencia a la Federación a la insurgencia armada de los sesenta y las terribles decisiones de Estado sobre ellas. Siempre Venezuela ha sabido abrazar su dignidad y su bandera. Es el tiempo de recordarlo e impedir alguna aventura internacional en casa, como la que ya derrotamos en 1902.

S. Legalmente, desde el punto de vista de los reglamentos de la OEA, ¿Venezuela podría plantear un posible retiro de la Organización de Estados Americanos (OEA)?

ACBV. El derecho internacional nace en el acuerdo de los países. Los mismos en virtud de su soberanía deciden asociarse, someterse a un sistema, por ende, en cualquier momento pueden desvincularse parcial o totalmente de un sistema regional como la OEA.